EXENCIÓN COMERCIOS MINORISTAS

La venta de productos ecológicos envasados, directamente al consumidor final, está exenta de la obligación de notificar esta actividad al CAECV y exenta de someterse a control.

Sin embargo, la venta de productos ecológicos no envasados (que no sean piensos), obligatoriamente ha de ser notificada al CAECV. Respecto a someterse a control, hay algunas consideraciones a tener en cuenta:

    • El Reglamento (UE) 2018/848 regula las condiciones de certificación para la actividad de venta directa de productos ecológicos al consumidor final. En base a lo establecido en el artículo 35.8 de este reglamento, los Estados Miembros pueden eximir de la obligatoriedad de estar en posesión de un certificado siempre que se cumplieran determinadas condiciones y adoptaran dicha decisión.
    • El pasado 3 de marzo de 2025, la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, mediante la Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, estableció las excepciones relativas al régimen de control de los operadores de la Comunitat Valenciana que vendan directamente al consumidor final productos ecológicos, conforme al Reglamento (UE) 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo.
      • Si cumple con alguna de estas condiciones, quedará exento del control:

a) las ventas de los productos ecológicos y en conversión sin envasar no superen 5.000 kg al año,

b) las ventas de los productos ecológicos y en conversión sin envasar no representen un volumen de negocios anual de productos ecológicos sin envasar superior a 20.000 euros.

El hecho de no estar obligado a tener un certificado, le minimiza los controles a los que otros operadores con otras actividades con producto ecológico se deben someter.

      • Si no cumple con las condiciones anteriores, póngase en contacto con nosotros para informarle del proceso para obtener el certificado necesario (certificacion@caecv.com – 96 253 82 41)

Nomativa de aplicacion

Notificación de venta de producto ecológico no envasado y solicitud de eximición al control