VERIFACTU

 

INFORMACIÓN SOBRE SISTEMA VERIFACTU
 
De acuerdo con el artículo 3.1.a) del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, el CAECV no se encuentra obligada a utilizar el sistema Verifactu por tratarse de una entidad exenta del Impuesto sobre Sociedades en virtud del apartado 1 del artículo 9 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Asimismo, de conformidad con lo previsto por el artículo 7.8º. A) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el CAECV es una corporación de derecho público que desarrolla actividades no sujetas a la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. No obstante, la facturación emitida cumple plenamente con los requisitos legales y fiscales exigidos, garantizando su validez, trazabilidad y correcta contabilización.