Publicada en el DOGV la declaración de la existencia de Eurytoma amygdali en la CV (Avispilla del almendro) y su calificación como utilidad pública, en las zonas: VALLE DE AYORA, REQUENA-UTIEL, L’ALT VINALOPÒ y VINALOPÓ MITJÀ.
Esto implica que los agricultores de estas zonas con almendro afectados por esta plaga, deben realizar los tratamientos fitosanitarios adecuados en los momentos y con los productos recomendados por los servicios técnicos de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural con competencias en sanidad vegetal.
Actualmente el único producto autorizado es la LAMBDA-CIHALOTRINA.
Como este producto no está autorizado en agricultura ecológica, a los agricultores ecológicos afectados les aplicaremos lo establecido en el artículo 36.4. del Reglamento 889/2008.
El procedimiento será:
- El agricultor ecológico afectado por esta plaga Eurytoma amygdali (Avispilla del almendro),
– lo comunicará por escrito al CAECV (un mail sería válido).
– registrará los tratamientos en su cuaderno de explotación.
– dispondrá de los justificantes de la gestión de la cosecha tratada.
Recuerde que NO PODRÁ COMERCIALIZAR LA COSECHA TRATADA CON LAS INDICACIONES REFERIDAS A LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA. Deberá disponer de justificantes de la venta en convencional o de la destrucción de la cosecha si se diera el caso.
- El inspector del CAECV verificará que el agricultor ecológico ha tratado con el producto autorizado y que no ha comercializado la cosecha tratada de almendro con las bajo las indicaciones de la agricultura ecológica tratada.
- El Comité de Certificación tomará su decisión sobre la certificación teniendo en cuenta la gestión del operador, la resolución publicada y la aplicación del artículo 36.4 del 889/2008.
Se ajuntará la publicación DOGV y la ficha de tratamientos recomendada por Sanidad Vegetal.
Publicación DOGV:2018_2105_avispilla (1) (1)
Ficha tratamientos:2017-03-20_Almendro, aviso tratamiento, 20 de marzo 2017